Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Artículo 8(8)
Al personal del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social le corresponden los derechos individuales y colectivos establecidos con carácter general para los empleados públicos.
En el ejercicio de su función se les garantizará protección frente a cualquier violencia, coacción, amenaza o influencia indebida.
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