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Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Artículo 8(8)

Al personal del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social le corresponden los derechos individuales y colectivos establecidos con carácter general para los empleados públicos. En el ejercicio de su función se les garantizará protección frente a cualquier violencia, coacción, amenaza o influencia indebida.

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Artículo 8 - INSPECCIÓN TRABAJO y SS | ALMA