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Ley 23/2014, de 20 de noviembre, de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea.

Artículo 196(196)

La autoridad española competente podrá emitir una orden europea de investigación para el traslado temporal de un detenido en España con el fin de llevar a cabo una medida de investigación que requiera su presencia en el territorio del Estado de ejecución, siempre que la persona privada de libertad dé su consentimiento. A tal fin serán de aplicación las previsiones del artículo 214.

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Artículo 196 - RECONOCIMIENTO | ALMA