Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias.
Artículo 7(7)
Las necesidades globales de financiación a que se refiere el artículo 2 se financiarán con todos los recursos del sistema, en sus valores del año 2007, que se relacionan en los artículos 8, 9 y 10.
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