ALMA

Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras.

Disposición transitoria octava(DT8)

Los contratos de reaseguro suscritos entre las mutualidades de previsión social y las federaciones de mutualidades de previsión social, al amparo de lo dispuesto en legislaciones anteriores, que se encuentren vigentes a la entrada en vigor de esta Ley, podrán mantenerse hasta su vencimiento, sin posibilidad de renovación o prórroga.

¿Te estás preparando una oposición?

En ALMA tienes este artículo y toda la normativa de tu convocatoria conectada directamente a las preguntas oficiales históricas. Filtra por los artículos que más caen, haz simulacros personalizados y estudia con estrategia real.

Disposición transitoria octava - ASEGURADORAS 20/2015 | ALMA