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Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado.

Disposición adicional primera(DA1)

Cuando por razones de orden público, incluidas la lucha contra el fraude, la contratación pública y la garantía de la estabilidad financiera, el medio de intervención, incluidas la regulación, supervisión y control para el acceso o ejercicio de una actividad económica corresponda al Estado, la eficacia en el territorio nacional quedará garantizada por la intervención estatal.

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