Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.
Artículo 93(93)
1. Las declaraciones con valor de simple presunción tienen la consideración de una presunción legal
2. La anotación de las declaraciones es obligatoria y precisará la fecha a que éstas se refieren.
3. El testimonio, literal o en extracto, de las declaraciones expresará siempre su valor de simple presunción.
La publicidad de las anotaciones y declaraciones queda sujeta a las mismas restricciones que la presente Ley prevé para las inscripciones.
¿Te estás preparando una oposición?
En ALMA tienes este artículo y toda la normativa de tu convocatoria conectada directamente a las preguntas oficiales históricas. Filtra por los artículos que más caen, haz simulacros personalizados y estudia con estrategia real.