Ley 20/2003, de 7 de julio, de Protección Jurídica del Diseño Industrial.
Disposición adicional décima(DA10)
La protección que se reconoce en esta ley al diseño industrial será independiente, acumulable y compatible con la que pueda derivarse de la propiedad intelectual cuando el diseño de que se trate presente en sí mismo el grado de creatividad y de originalidad necesario para ser protegido como obra artística según las normas que regulan la propiedad intelectual.
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