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Ley 19/1985, de 16 de julio, Cambiaria y del Cheque.

Artículo ciento treinta y cinco.

El cheque emitido y pagadero en España deberá ser presentado a su pago en un plazo de quince días. El cheque emitido en el extranjero y pagadero en España deberá presentarse en un plazo de veinte días si fue emitido en Europa y sesenta días si lo fue fuera de Europa. Los plazos anteriores se computan a partir del día que consta en el cheque como fecha de emisión, no excluyéndose los días inhábiles, pero si el dia del vencimiento lo fuere, se entenderá que el cheque vence el primer día hábil siguiente.

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Artículo ciento treinta y cinco. - CAMBIARIA Y CHEQUE | ALMA