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Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas.

Artículo 84(84)

La presentación de una solicitud de marca de la Unión se efectuará en la Oficina de la Propiedad Intelectual de la Unión Europea, de conformidad con lo previsto en el artículo 30 del Reglamento (UE) n.º 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2017, sobre la marca de la Unión Europea.

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Artículo 84 - MARCAS 2001 | ALMA