Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria.
Artículo 34(34)
1. La tramitación del expediente de adopción tendrá carácter preferente y se practicará con intervención del Ministerio Fiscal.
2. No será preceptiva la asistencia de Abogado ni Procurador.
¿Te estás preparando una oposición?
En ALMA tienes este artículo y toda la normativa de tu convocatoria conectada directamente a las preguntas oficiales históricas. Filtra por los artículos que más caen, haz simulacros personalizados y estudia con estrategia real.