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Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia.

Artículo 45(45)

Los procedimientos administrativos en materia de defensa de la competencia se regirán por lo dispuesto en esta ley y su normativa de desarrollo y, supletoriamente, por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 70 de esta Ley.

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Artículo 45 - COMPETENCIA | ALMA