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Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.

Disposición adicional segunda(DA2)

1. Los Puntos de Asesoramiento e Inicio de Tramitación (PAIT) pasarán a denominarse Puntos de Atención al Emprendedor (PAE). Igualmente, los centros de ventanilla única empresarial y la Ventanilla Única de la Directiva de Servicios eugo.es (VUDS) del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas se integrarán en los Puntos de Atención al Emprendedor. La forma de integración se establecerá reglamentariamente. 2. El Ministerio de Industria, Energía y Turismo, oído el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, podrá celebrar convenios de establecimiento de Puntos de Atención al Emprendedor con otras Administraciones Públicas y entidades privadas. En los convenios se establecerán los distintos catálogos de servicios que deben prestarse, así como su carácter gratuito y los que pueden ofrecerse mediante contraprestación económica. Entre los servicios a prestar, podrán incluirse todos o alguno de los servicios a los que se refiere el artículo 13.2 de esta Ley. 3. Los convenios PAIT actualmente firmados entre la Administración General del Estado y las entidades públicas y privadas se entenderán vigentes sin perjuicio de los nuevos convenios de Puntos de Atención al Emprendedor. 4. Las Administraciones Públicas llevarán a cabo todas las actuaciones necesarias para la implantación, en el plazo máximo de un año desde la entrada en vigor de esta Ley, de todos los servicios que, conforme a esta Ley, debe prestar el Punto de Atención al Emprendedor electrónico del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

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Disposición adicional segunda - EMPRENDEDORES INTERN. | ALMA