Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
Disposición final undécima(DF11)
Esta ley entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», a excepción de las siguientes disposiciones:
a) El artículo 21 entrará en vigor al año de la publicación de esta ley en el «Boletín Oficial del Estado».
b) El apartado 5 del artículo 25, y los apartados 1, 2 y 3 de la disposición adicional séptima, entrarán en vigor el 1 de enero de 2014.
c) La disposición adicional duodécima entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
¿Te estás preparando una oposición?
En ALMA tienes este artículo y toda la normativa de tu convocatoria conectada directamente a las preguntas oficiales históricas. Filtra por los artículos que más caen, haz simulacros personalizados y estudia con estrategia real.