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Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social.

Artículo 16(16)

Uno. La cuantía de la tasa por inscripción de modelos y dibujos industriales, prevista en el artículo 11.4 de la Ley 17/1975, de 2 de mayo, y actualizada en sucesivas Leyes de Presupuestos Generales del Estado, se modifica y se fija en 1.825 pesetas (10,96 euros). Dos. La cuantía de la tasa por inscripción de transferencias de topografías de productos semiconductores, prevista en la disposición adicional primera de la Ley 11/1988, de 3 de mayo, de Protección Jurídica de las Topografías de los Productos Semiconductores, y actualizada en sucesivas Leyes de Presupuestos, se modifica y se fija en 1.825 pesetas (10,96 euros). Tres. La cuantía de la tasa por inscripción de transmisiones o cesiones o modificaciones de patentes y modelos de utilidad, prevista en el artículo 160 y en el anexo de la Ley 11/1986, de 20 de marzo, de Patentes, y actualizada en sucesivas Leyes de Presupuestos, se modifica y se fija en 1.825 pesetas (10,96 euros).

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Artículo 16 - FISCALES 2000 | ALMA