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Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad

Artículo diecinueve

1. 2. Las autoridades sanitarias propondrán o participarán con otros Departamentos en la elaboración y ejecución de la legislación sobre: a) Calidad del aire. b) Aguas. c) Alimentos e industrias alimentarias. d) Residuos orgánicos sólidos y líquidos. e) El suelo y subsuelo. f) Las distintas formas de energía. g) Transporte colectivo. h) Sustancias tóxicas y peligrosas. i) La vivienda y el urbanismo. j) El medio escolar y deportivo. k) El medio laboral. l) Lugares, locales e instalaciones de esparcimiento público. m) Cualquier otro aspecto del medio ambiente relacionado con la salud.

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