Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual.
Artículo 110(110)
Los prestadores del servicio de comunicación audiovisual televisivo contribuirán al reflejo de la diversidad cultural y lingüística del Estado y garantizarán unos niveles suficientes de inversión y distribución de las obras audiovisuales europeas en los términos previstos en este capítulo.
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