Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria.
Artículo 12(12)
En todo caso, la protección subsidiaria se denegará a:
a) las personas que constituyan, por razones fundadas, un peligro para la seguridad de España;
b) las personas que, habiendo sido objeto de una condena firme por delito grave constituyan una amenaza para la comunidad.
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