ALMA

Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

Artículo 1(1)

En los procesos civiles, los tribunales y quienes ante ellos acudan e intervengan deberán actuar con arreglo a lo dispuesto en esta Ley.

¿Te estás preparando una oposición?

En ALMA tienes este artículo y toda la normativa de tu convocatoria conectada directamente a las preguntas oficiales históricas. Filtra por los artículos que más caen, haz simulacros personalizados y estudia con estrategia real.

Artículo 1 - ENJUICIAMIENTO CIVIL | ALMA