ALMA

Ley 1/1970, de 4 de abril, de caza.

Disposición final primera(DF1)

Se autoriza al Gobierno, a propuesta del Ministerio de Agricultura, para determinar la fecha de entrada en vigor de esta Ley, dentro del plazo máximo de un año, contado a partir de su publicación. Antes de la puesta en vigor de la misma se publicará el oportuno Reglamento y las disposiciones necesarias para el mejor desarrollo de la presente Ley.

¿Te estás preparando una oposición?

En ALMA tienes este artículo y toda la normativa de tu convocatoria conectada directamente a las preguntas oficiales históricas. Filtra por los artículos que más caen, haz simulacros personalizados y estudia con estrategia real.

Disposición final primera - CAZA 1/1970 | ALMA