Instrumento de Ratificación de España del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, hecho en Nueva York el 19 de diciembre de 1966.
Artículo 19.(19)
El Consejo Económico y Social podrá transmitir a la Comisión de Derechos Humanos, para su estudio y recomendación de carácter general o para información, según proceda, los informes sobre Derechos Humanos que presenten los Estados, conforme a los artículos 16 y 17, y los informes relativos a los Derechos Humanos que presenten los Organismos especializados, conforme al artículo 18.
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