FIES - FICHERO DE INTERNOS DE ESPECIAL SEGUIMIENTO
3.2.1.2 Consultas en el centro penitenciario Existen dos posibilidades:
1. Aquellos supuestos en que los internos solicitens e r visitadosp o rfacultativos ajenos a la Institución, interesará,igualmente, autorización de Coordinación de Sanidad Penitenciaria.
Se hará constar el nombre y apellidos del profesional médico, su DNI, fecha de nacimiento, nombre de los padres y especialidad. Asi mismo, se adjuntará informe respecto a si el profesional en concreto ya viene prestando asistencia en el Centro Penitenciario.
2. Cuando por el Establecimiento Penitenciario s etenga concertadoa l g ú nserviciod e atención facultativa, se remitirá a Coordinación de Seguridad los datos de la empresa y los datos personales (nombre, dos apellidos, DNI, nombre de los padres y fecha de nacimiento) de aquellos facultativos que vayan a desarrollar esa actividad, con el fin de autorizar el acceso al centro.
• Las visitas de asistenciasanitaria ajenas a la Institución Penitenciaria en el interior de los Centros, serán supervisadas por personal del Servicio Médico.
• En los supuestos de asistenciapsicológica la tramitación se hará a través de la Subdirección General de Tratamiento y Gestión, que será la competente para autorizar las mismas. Dicha asistencia será supervisada por el personal técnico que se determine por
esta Subdirección.
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