Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa.
Artículo 80.(80)
Si no se presentase reclamación contra el proyecto de precios máximos y mínimos durante la información pública, la Administración lo elevará a definitivo mediante acuerdo, que no será susceptible de recurso alguno.
¿Te estás preparando una oposición?
En ALMA tienes este artículo y toda la normativa de tu convocatoria conectada directamente a las preguntas oficiales históricas. Filtra por los artículos que más caen, haz simulacros personalizados y estudia con estrategia real.