ALMA

Decreto de 14 de febrero de 1947 por el que se aprueba el Reglamento Hipotecario.

Artículo 466.(466)

La alta función inspectora y de vigilancia de la Dirección General, conforme al artículo 267 de la Ley, será ejercida directamente por el Subdirector, quien tendrá carácter y atribuciones de Inspector Central, o, en su defecto, por cualquiera de los Oficiales Letrados asignados por el Director general. Ello se entiende sin perjuicio de la superior facultad del mismo Director general.

¿Te estás preparando una oposición?

En ALMA tienes este artículo y toda la normativa de tu convocatoria conectada directamente a las preguntas oficiales históricas. Filtra por los artículos que más caen, haz simulacros personalizados y estudia con estrategia real.

Artículo 466. - HIPOTECARIO | ALMA