ALMA

Decreto 914/1969, de 8 de mayo, de creación del Archivo General de la Administración Civil.

Artículo sexto.(6)

La dirección, trabajos técnicos y servicios del Archivo General de la Administración Civil quedan encomendados al Cuerpo Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos y al Auxiliar de Archivos, Bibliotecas y Museos, con la dotación del personal subalterno que se precise.

¿Te estás preparando una oposición?

En ALMA tienes este artículo y toda la normativa de tu convocatoria conectada directamente a las preguntas oficiales históricas. Filtra por los artículos que más caen, haz simulacros personalizados y estudia con estrategia real.

Artículo sexto. - ARCHIVO | ALMA