Decreto 315/1964, de 7 de febrero, por el que se aprueba la Ley articulada de Funcionarios Civiles del Estado.
Disposición final Primera.(DF1)
1. La presente Ley entrará en vigor el día 1 de enero de 1965.
2. Las disposiciones contenidas en el título II y demás relativas a la Comisión Superior de Personal serán de inmediata aplicación.
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