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Decreto 315/1964, de 7 de febrero, por el que se aprueba la Ley articulada de Funcionarios Civiles del Estado.

Artículo 30.(30)

1. Para ser admitido a las pruebas selectivas previas al ingreso en la Administración será necesario: a) Ser español. b) Tener cumplidos dieciocho años de edad y no exceder de la edad que se establezca para cada Cuerpo. c) Estar en posesión del título exigible o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias, en cada caso, y demás condiciones que reglamentariamente se determinen. d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones. e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado o de la Administración local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. 2. La mujer puede participar en las pruebas selectivas para el ingreso en la Administración pública, conforme a la Ley 56/1961, de 22 de julio.

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Artículo 30. - F.CIVILES | ALMA