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Constitución Española.

Artículo 65(65)

1. El Rey recibe de los Presupuestos del Estado una cantidad global para el sostenimiento de su Familia y Casa, y distribuye libremente la misma. 2. El Rey nombra y releva libremente a los miembros civiles y militares de su Casa.

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Artículo 65 - CONSTITUCIÓN | ALMA