ALMA

Constitución Española.

Artículo 100(100)

Los demás miembros del Gobierno serán nombrados y separados por el Rey, a propuesta de su Presidente.

¿Te estás preparando una oposición?

En ALMA tienes este artículo y toda la normativa de tu convocatoria conectada directamente a las preguntas oficiales históricas. Filtra por los artículos que más caen, haz simulacros personalizados y estudia con estrategia real.