Carta de Derechos de los ciudadanos ante la Justicia
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El ciudadano afectado por cualquier tipo de discapacidad sensorial, física o psíquica, podrá ejercitar con plenitud los derechos reconocidos en esta Carta y en las leyes procesales.
• Solamente deberá comparecer ante el órgano judicial cuando resulte estrictamente necesario conforme a la Ley.
• Los edificios judiciales deberán estar provistos de aquellos servicios auxiliares que faciliten el acceso y la estancia en los mismos.
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